El 8 de octubre entrará en vigor la modificación completa de la NOM-005-SCFI-2017. El objetivo es renovar o actualizar bombas de gasolina y diésel en estaciones de servicio
La Secretaría de Economía (SE) informó que el 8 de octubre de 2020 entrará en vigor la modificación completa de la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2017.
La norma establece que todas las estaciones de servicio o despacho de gasolina y diésel del país; deberán contar con dispensarios o bombas de gasolina nuevos o actualizados, que cumplan con las características y especificaciones establecidas en dicha norma.
De esta manera, los consumidores y las empresas tendrán mayor protección y certeza. El volumen de combustible que reciban sea completo (litros de a litro) y acorde con lo que hayan pagado (precios correctos). El cumplimiento de la NOM 005 ayudará a eliminar prácticas ilegales y a combatir al robo de combustible o “huachicol”.
Asimismo, contempla instrumentos y sistemas de medición y despacho de combustibles, características de confiabilidad y “Pistas de Auditoría o Bitácoras de Eventos”.
Además, la instalación de estos nuevos dispensarios, o su actualización, facilitará la tarea de verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
También tendrá mejores herramientas para identificar los casos en los que alguna estación de servicio incurra en prácticas en perjuicio de los consumidores.
Además, la Profeco contará con instrumentos que le permitirán obtener evidencia que sustente las denuncias penales; ya que en cumplimiento de la NOM-005 los dispositivos deberán registrar, por ejemplo:
En primer lugar, ajustes o “alteraciones” al sistema de medición o despacho de gasolina (entrega de volumen); cambio de precios; accesos al sistema electrónico, particularmente la apertura de puertas.
Incluye acceso al modo de programación; cambio de fecha y hora del sistema; y actualización de los programas de cómputo.
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