Escrito por: Código de Red, Electricidad

Presenta CRE anteproyecto para validar Unidades de Inspección para Código de Red para Centros de Carga


La Comisión Reguladora de Energía (CRE) presentó un anteproyecto con el fin de establecer las reglas y procedimientos para que las Unidades de Inspección (UI) comiencen las correspondientes visitas de verificación a los centros de carga; en pro de garantizar el cabal cumplimiento del Código de Red

Este acuerdo de la CRE, publicado en el sitio de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), busca instaurar la normativa general que autorice el proceder de las UI, regule sus condiciones de operación; así como los requisitos generales que los interesados deberán cumplir para ser acreditados como analizadores Clase A.

De esta manera, se avanza de forma importante en la vigilancia del cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos por parte de empresas y organizaciones que se añadan al uso de la infraestructura eléctrica nacional con sus centros de carga.

En este sentido, quienes apliquen para verificarse como inspectores de las UI, deberán certificar una serie de conocimientos respecto al marco regulatorio y normativo vigente; y deberán contar con la competencia o experiencia profesional necesaria para llevar a buen puerto los procesos de inspección a los centros de carga en torno a sus obligaciones de conexión, conforme a lo establecido en la normativa del Código de Red.

Además, las autorizaciones que obtengan las UI tendrán una vigencia de tres años (con opción a renovación); por lo que, la propuesta de la CRE en este aspecto estará garantizando la mejora continua en cuanto a la profesionalización del sector.

En torno a la mejora regulatoria, una vez que se aplique la regulación propuesta, se garantizará el correcto desempeño de las UI, complementando así el marco regulatorio que se indica en la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). En consecuencia, las competencias de vigilancia de la CRE se verán incrementadas, de la mano de un instrumento regulatorio actualizado, en atención a las disposiciones establecidas en el Código de Red.

Por otra parte, el presente acuerdo servirá para actualizar o abrogar la resolución Núm. RES/941/2015 de la CRE que se expidió en enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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Así, el Acuerdo de la CRE por el que se expiden las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen las bases normativas para autorizar unidades de inspección de requerimientos para centros de carga y de la industria eléctrica en las áreas de generación, transmisión y distribución; además del procedimiento aplicable a las visitas de verificación, propone entre otras cuestiones, lo siguiente:

-Brindar certeza y claridad en los procesos de autorización, modificación, renovación y actualización de las UI.
-Regular las condiciones de operación de las Unidades de Inspección.
-Incluir las disposiciones necesarias para la autorización y operación de UI, para certificar el cumplimiento satisfactorio de las pruebas requeridas para la entrada en operación de Centros de Carga; o para evaluar el cumplimiento de los requerimientos técnicos que exige el Código de Red para centros de carga que operen en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
-Actualizar el marco regulatorio aplicable.

Es importante señalar que, actualmente se tienen establecidas sanciones por el incumplimiento del Código de Red, con multas que van desde los 50 mil a 200 mil salarios mínimos; de acuerdo con el Artículo 165 de la LIE.

El acuerdo de la CRE anteriormente descrito, puede consultarse en la siguiente liga: https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/55881#

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