Escrito por: EH 360°, Equidad de género, RSE

Día importante para el Caso 992


Hoy, jueves 29 de septiembre, colectivas de mujeres tomarán las oficinas de los Juzgados de lo Familiar para denunciar el ocultamiento sistemático de los deudores alimentarios.

Las inconformes presentarán una iniciativa nacida del llamada Caso 992, ante el Congreso de la Ciudad de México. El objetivo reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial de la CDMX y el Código de Procedimientos Civiles de la entidad a fin de que la Unidad de Medidas Cautelares tenga facultades para intervenir en la ubicación de los deudores alimentarios y en la dictaminación de su peligrosidad procesal.

Las colectivas de mujeres también acudirán al Senado de la República. Esto, para gestionar que dicha reforma sea incorporada en el proyecto del Código Nacional de Procedimientos Civiles una vez que sea remitido por la Cámara de diputados del Congreso de la Unión.

La demanda general es la adopción de medidas que aseguren la autonomía judicial así como el cese, inmediato, del tráfico de influencias a favor de deudores y violentadores. La insistencia en la aprobación tanto de las reformas en materia de Violencia Vicaria (aquella que daña a la mujer a través de sus seres queridos, especialmente de sus hijos), como de la Ley 3 de 3 (que establece reglas claras de conducta para la interacción entre servidores públicos y actores privados) contra la violencia de género dirigida a que los agresores sexuales y los deudores alimentarios no accedan a cargos públicos.

Daños morales y económicos

La iniciativa, conocida como Caso 992, es parte de un movimiento feminista, de madres solas e hijas e hijos abandonados.

El movimiento se originó en 2019. Ocurrió tras el trámite de un juicio en el que una mujer, madre de tres hijos, fue abandonada después de haber sido violentada y despojada de su patrimonio. Tuvo también que padecer el posterior ocultamiento procesal de su cónyuge por casi dos décadas. A tal grado que, al día de hoy, dos juzgados del TSJCDMX (Juzgados 33 y 42) siguen sin poder trabar el emplazamiento, a pesar de que el demandado ocupa planas en los diarios de circulación nacional y despacha en una oficina contigua al Palacio Nacional.

Proyección feminista, Caso 992

El juicio fue acogido como litigio estratégico por las colectivas feministas y por las asociaciones defensoras de los derechos de los niños.

El caso 992:

a) Imbrica prácticamente la totalidad de variantes (formas) de violencia doméstica y de género reconocidas en la ley (física, sexual, psicológica, patrimonial, económica y vicaria).
b) Porque existe evidencia de que en el caso se actualizan prácticamente la totalidad de variantes de peligrosidad procesal (fuga, ocultamiento, falsificación de pruebas, injerencia sobre testigos y sobre autoridades, ocultamiento de información, insolvencia simulada y tráfico de influencias).
c) Se trata de un caso de abandono total de las obligaciones parentales (físicas, emocionales y materiales) extendido por casi dos décadas sin que los hijos fueran siquiera contactados por el progenitor.

Y, además, porque,
d) El caudal probatorio del caso, ofrecido y compilado por más de quince especialistas, que en su preparación implicó una investigación periodística de dos años, un exhaustivo estudio social hecho por un grupo pericial de la UNAM e incluyó catorce peritos independientes. Esto dio lugar a dos demandas que cumplen con el más alto estándar de prueba posible (nivel 7), propio de un litigio de alta corte internacional (más allá de toda duda razonable) evento que es inusual pues la mayoría de mujeres y niños víctimas de abandono, de ordinario en precariedad, no tienen –siquiera– la oportunidad de aportar las pruebas que conduzcan a la develación de la verdad y a la obtención de resarcimiento.

Protección al derecho familiar

Esas cuatro características son de interés jurídico. Desembocan en la aplicación, simultánea, de los razonamientos contenidos en las 10 sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación más relevantes en materia de igualdad. Hoy consignan en un rango de protección que hace veinte años les era negado a las mujeres y a las niñas y niños.

El estado de indefensión y abuso prolongado por más de década y media después del abandono y al que anteceden episodios graves de violencia, se sostuvo porque fue hasta los años entre 2018 y 2021 que la SCJN falló sobre siete tópicos trascendentes:

I) El derecho a la compensación por doble jornada a favor de mujeres que acometieron la simultánea tarea de trabajar y cuidar de sus hijos sin ningún auxilio: ni en lo económico, ni en el cuidado del hogar ni en la crianza de los hijos.
II) La desestimación de la norma destinada a otorgar al hombre el carácter de administrador de la sociedad conyugal, por considerarlo discriminatorio pues igual derecho tienen ambos cónyuges a administrar el patrimonio común y gozar de las gananciales de sus propios bienes.
III) La imprescriptibilidad para que los hijos demanden violaciones graves a sus derechos humanos afectados cuando fueron niños, en casos de maltrato y abuso infantil.
IV) La procedencia de denuncia por delitos patrimoniales entre cónyuges casados bajo el régimen de sociedad conyugal.
V) La cesación de los efectos de la sociedad conyugal para quien abandonó.
VI) La categorización de la violencia económica y patrimonial que hace procedente el reclamo de resarcimiento.
VII) El reconocimiento de que el delito de administración fraudulenta puede ser denunciado por cualquiera de los socios.

Las citadas sentencias, que literalmente cambiaron el rostro del derecho familiar y que constituyen los más grandes avances en materia de igualdad, se produjeron en un lapso de apenas cinco años, prácticamente entre 2018 y 2021.

Cuidado de la infancia y sus derechos

A las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que hoy facilitarán la resolución del caso a beneficio de las víctimas, dos avances más se encuentran en el centro de la discusión pública y jurídica:

i) La discusión de diversas iniciativas para sancionar la violencia vicaria, que han sido ya aprobadas en nueve estados donde se planteó como reformas a Códigos Locales y que hoy se discute en el Senado de la República.

ii) El combate social contra la Acción de Inconstitucionalidad planteada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, mal y a destiempo, que pretende frenar la aprobación de la Ley 3 de 3 contra la Violencia, dirigida a evitar que accedan a cargos públicos agresores sexuales y deudores alimentarios.

Este jueves 29 de septiembre de 2022, el movimiento en apoyo al caso 992, presentará ante el Congreso de la Ciudad de México, una iniciativa legal por la que se busca que la “peligrosidad procesal” de los deudores alimentarios y su localización, sea acometida por las Unidades de Medidas Cautelares del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. La razón, sostienen las y los proponentes, es que el principio de protección de la infancia no es inferior, en ningún sentido, al de presunción de inocencia.

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