Escrito por: Electricidad

¿Te cambiaste de casa y quieres asegurar que tendrás luz?

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Si bien, el cambio de medidor de luz no tiene costo, hay un cargo que se llama depósito. Esto es lo que debes saber al respecto

Comienza el año y con él inician los planes, nuevos trabajos, proyectos y hasta cambios de residencia. ¿Este 2021 te mudaste a una nueva casa o departamento, vas a rentar, es de tu propiedad y no sabes si tendrás luz o si debes firmar un nuevo contrato? Aquí te decimos lo que debes saber.

Para poder disfrutar del servicio de energía eléctrica necesitas contar con un contrato expedido por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y conocer los procedimientos a seguir en caso de que hayas comprado una casa nueva que ya cuenta con el servicio o que la vayas a rentar.

De acuerdo con el sitio web de la CFE, si vas a cambiar de residencia o a rentar en un nuevo lugar no es recomendable hacer un cambio de titular, ya que implica costos tanto al viejo como al nuevo inquilino. Por eso, es necesario que aprendas cómo hacerlo para evitar problemas más adelante y ahorrarte una buena cantidad de dinero, que supondría cancelar el servicio y tener que darlo de alta de nuevo.

Realizar un cambio de propietario es el procedimiento idóneo, se realiza en cualquier centro de atención y este debe ir acompañado de la siguiente documentación:

¿Rentarás?

Si el cambio de nombre es por Propiedad Arrendada:

  • No debe haber adeudos.
  • Copia del RFC (en caso de estar dado de alta en SAT)
  • Documento por escrito dirigido a CFE SSB argumentando los motivos por los cuales se quiere realizar el cambio de nombre.
  • Copia del contrato de arrendamiento.
  • Carta poder (en caso de no ir a realizar el trámite el titular del contrato de arrendamiento). Descargue aquí un modelo de ejemplo de Carta Poder para la CFE.
  • Copia de la credencial del INE del titular del contrato de arrendamiento.
  • Foto actual de lectura del medidor.

¿Comprarás casa?

Si el cambio de titular es por compra-venta de la propiedad:

  • No debe haber adeudos.
  • Copia del RFC (en caso de estar dado de alta en SAT)
  • Documento por escrito dirigido a CFE SSB argumentando los motivos por los cuales se quiere realizar el cambio de nombre.
  • Copia del predial (en caso de tenerlo).
  • Copia del contrato de compra-venta de la vivienda en propiedad.
  • Copia de la credencial del INE del titular del predio.
  • Foto actual de lectura del medidor.

Dicho trámite suele demorar entre 15 y 20 días.

¿Cuál es el costo?

La CFE, a través de su servicio de atención al cliente (071), informa que el trámite para cambiar el titular del recibo de la luz no tiene costo. Sin embargo, en el sistema se registra como un contrato nuevo, lo que supone que se actualizará el depósito en garantía.

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Finalmente, el depósito de garantía debe cubrir el importe de una mensualidad, según lo establecido en la tarifa de servicio doméstico correspondiente a la localidad en la que se ubique el contrato. Se paga en una sola exhibición y, al tratarse de una fianza, la distribuidora tendrá que devolverlo en caso de que des de baja el contrato, siempre que te encuentres al día en tus recibos de pago.

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