Escrito por: Código de Red, Electricidad

Publica CRE estatutos para crear Unidades de Inspección para Centros de Carga en cumplimiento del Código de Red

unidades

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los lineamientos que aprueban la formación de las Unidades de Inspección (UI), en donde se incluyen aquellas que supervisarán el cabal cumplimiento del Código de Red por parte de los Centros de Carga (CC)

Así, por medio del “Acuerdo Núm. A/054/2024 de la Comisión Reguladora de Energía“, quedan establecidas las bases normativas y procedimientos administrativos para autorizar Unidades de Inspección encargadas de verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos y normativos que se exigen para operar dentro del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) de México.

El acuerdo en cuestión, tiene por meta la de regular las actividades de las UIs que certifiquen la conformidad de instalaciones eléctricas con las especificaciones técnicas requeridas por el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) y otras normativas aplicables, con base en La Ley de la Industria Eléctrica (LIE) y en otros apartados vinculantes. Lo anterior, incluye la interconexión de centrales eléctricas y la conexión de Centros de Carga, asegurando que dichas instalaciones cumplan con los estándares de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad del SEN.

Código de Red-CR

Tipos de Unidades de Inspección para considerarse:

UI-IC: Unidad de Inspección de Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga.

UI-PIC: Unidad de Inspección de Pruebas de Comportamiento de Centrales Eléctricas y Centros de Carga.

UI-CRCC: Unidad de Inspección de Requerimientos Técnicos del Código de Red para Centros de Carga.

Entre otros requisitos, las unidades de inspección deben presentar documentación que demuestre su capacidad técnica y experiencia en el sector; deben contar con personal calificado, incluyendo un inspector responsable y un inspector responsable sustituto, con al menos cinco años de experiencia comprobable; y necesitan demostrar que poseen los recursos materiales y técnicos necesarios para llevar a cabo las inspecciones, incluyendo equipos de medición adecuados.

Además, una vez en operación, las Unidades de Inspección deberán evitar conflictos de interés y actuar con imparcialidad en cada una de sus resoluciones; realizando mediciones y pruebas según los estándares técnicos especificados.

En este sentido, la CRE evaluará las solicitudes de autorización en un plazo de 60 días hábiles, y dichas evaluaciones consistirán en pruebas teóricas y prácticas para el personal técnico de las UIs.

Las autorizaciones serán válidas por tres años y podrán renovarse, Y tendrán que elaborar informes detallados de las inspecciones realizadas, así como emitir certificados de cumplimiento.

En torno al procedimiento de inspección, el presente Acuerdo de la CRE detalla los pasos a seguir durante las inspecciones, con la hechura de actas y listas de verificación. Los informes de inspección deben incluir evidencia fotográfica y documental para respaldar los hallazgos.

El Acuerdo busca fortalecer la supervisión y control del sector eléctrico, garantizando que las instalaciones eléctricas operen bajo condiciones seguras y eficientes, incluyendo a los Centros de Carga. Con esta nueva implementación de disposiciones, se pretende mejorar la calidad y confiabilidad del suministro eléctrico en México, promoviendo un desarrollo sostenible del sector.

El acuerdo completo de la CRE puede verificarse en la siguiente liga: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5727366&fecha=20/05/2024#gsc.tab=0

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