La SCJN concedió al Gobierno del estado de Guanajuato la medida cautelar; a efecto de suspender todos los efectos y consecuencias de la Política de Confiabilidad de la Sener; con lo que se protege protege 14 proyectos de energías renovables
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concedió al Gobierno del estado de Guanajuato la medida cautelar a efecto de suspender; todos los efectos y consecuencias de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad; en el Sistema Eléctrico Nacional de la Secretaría de Energía (Sener). Esta acción protege 14 proyectos importantes para la región en materia de energías limpias.
El gobierno de la entidad informó que la suspensión es hasta en tanto se resuelva el fondo del asunto. Tiene por objeto prevenir cualquier daño que pudiera ocasionarse al estado de Guanajuato y a la sociedad en general. Así como impedir que se ejecuten los actos impugnados o que se produzcan o que continúen realizando sus efectos.
Asimismo, la suspensión vincula a todas las autoridades en el ámbito de su competencia; por lo que deberán abstenerse de materializar el acuerdo impugnado hasta en tanto se emita sentencia.
La titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial, María Isabel Ortiz Mantilla; destacó que uno de los pilares estratégicos en materia ambiental para el gobernador Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, es fomentar el uso de energías renovables.
Por consiguiente, se estarían protegiendo proyectos de energías limpias, principalmente de sistemas fotovoltaicos, hidroeléctrico y eólico con una capacidad de 829 MW. Y tres fotovoltaicos en operación, en los municipios de San Luis de la Paz y San Miguel de Allende, los cuales generan 295 MW.
El gobierno de Guanajuato rechaza, categóricamente, cualquier intento por impedir la generación de energía eléctrica a través de energías limpias.
El pasado 11 de septiembre del 2020, interpuso una Controversia Constitucional contra el Acuerdo; ya que atenta de manera directa contra lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en artículo 4°.
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