Escrito por: Código de Red, Electricidad, Opinión, Santiago Barcón Palomar

Sobre el artículo de la sección Negocios del diario Reforma del 13 de febrero, 2024

diario

No pasa una semana, y estoy siendo generoso, sin que este diario reporte algún asunto energético sin la menor revisión, validación y el análisis que exige un trabajo periodístico serio y profesional

Santiago Barcón

CEO de PQ Barcón

Fiel a su línea: espantar, tergiversar, alarmar, omitir datos y jugar a ser víctimas de la maléfica Comisión Federal de Electricidad (CFE) o de cualquier entidad estatal o federal.

Alfredo González reporta el 13 de febrero del 2024 en la Sección Negocios:

https://www.reforma.com/acusan-que-cfe-cobra-de-mas-a-ip/ar2756365 en una entrevista a Roberto Mercado en donde con cuatro columnas: “Denuncian sobrecostos de hasta 120% por supuesta ‘ineficiencia’” “Acusan que CFE cobra de más a IP” (sic) debería de ser: “Acusa que CFE cobra de más a la IP” ya que es una sola persona la entrevistada.

En una verborrea legal, mezclada con supuesta técnica, exponen las “razones” por las que el nuevo factor de potencia (FP), 0.95, es, desde su perspectiva, ilegal y punitivo.

Omite, por supuesto, los siguientes puntos:

1.- Esta medida solo aplica a Centros de Carga de más de 1 MW (1,000 KW) de demanda tanto en media como en alta tensión.

2.- Todos los anteriores están obligados, por el Código de Red, a tener un FP entre 0.95 y 1.0 el 95 % del tiempo. A todas luces si cumplen el CR no tendrían problema alguno.

3.- Señalemos que infringir el CR conlleva una multa que inicia en 50,000 salarios mínimos, unos 13.5 millones de pesos. Si tienen un FP inferior es que, simple y llanamente, desprecian la Ley.

Mencionemos también que el cargo por bajo FP no es, como lo indica su nombre, una sanción, como exponen en el artículo. A nivel mundial el FP es un cargo que aparece en todos los recibos de energía eléctrica (no de luz como indica el artículo) y es para evitar que se tenga que construir más infraestructura para alimentar un servicio.

En número sencillos, y simplificando, si un servicio demanda 1,000 KW con un FP de 1.0 CFE necesita un transformador de 1,000 KVA. Por el contrario, si el FP de 0.5 se requieren 2,000 KVA. Ninguna empresa en su sano juicio va a permitir semejante sobredimensionamiento que es fácilmente evitable.

Es lamentable que aparezcan estas noticias y que, debemos reconocer, saben cómo redactarlas para que causen preocupación.

Dada la polarización en la sociedad, termino diciendo que, lo que acabo de redactar es un análisis de un ingeniero eléctrico y más que encantado de debatir cuando dispongan.

TE PUEDE INTERESAR: Edición digital EH No 222 febrero 2024

(Visited 733 times, 1 visits today)
Compartir
Close