Escrito por: Opinión, Roberto Martínez Espinosa

Suspensión de permisos y zozobra regulatoria

suspensión de permisos

La disposición permitirá la suspensión de permisos legalmente otorgados “cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad del país, la seguridad energética o para la economía nacional”comenta Roberto Martínez, fundador de Alcius Advisory Group

Roberto Martínez Espinosa
Socio fundador de Alcius Advisory Group

Adrenalina, riesgo e incertidumbre, parecen ejercer un poder estimulante sobre algunas personas. De tal manera que, deportistas extremos y apostadores pueden contarse entre quienes no logran sustraerse a sus encantos, a pesar de que una distracción o un error de cálculo o de apreciación, resultan catastróficos. Pero, cuando se trata del ejercicio de las libertades económicas y, particularmente, de actos y decisiones de autoridad que las regulan y limitan, lo que se exige es certidumbre.

Funcionarios, al regular las actividades económicas y de negocios, están sujetos a dos principios básicos: legalidad y previsibilidad. De allí que las reglas del juego a que se sujetan las empresas públicas y privadas que participan en una industria deban ser claras, predeterminadas y exentas de arbitrariedad. Quienes realizan una actividad requieren saber a qué atenerse y conocer de antemano qué pueden o no hacer, además de qué esperar de la actuación de la autoridad y el resto de los jugadores.

Las limitaciones a las libertades económicas deben estar previstas en las leyes. Las autoridades administrativas y reguladores tienen la posibilidad de reglamentarlas y aplicarlas, pero requieren siempre de su respaldo. No logran ir más allá de donde la ley les autoriza y, cuando lo hacen, sus actos y resoluciones se declaran ilegales e invalidadas.

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Ley de Hidrocarburos resultó imprevisible

Esas restricciones deben ser previsibles. Esto excluye la afectación retroactiva de derechos previamente adquiridos y la modificación intempestiva y errática de situaciones actuales, pero originadas con anterioridad, cuando los poderes públicos hayan generado una confianza legítima en su estabilidad. Dicha condición no solo impacta a las autoridades administrativas, incluso tiene una consecuencia contra las legislativas. No quiere decir que las leyes no puedan ser modificadas, pero sus nuevos preceptos deben tener en cuenta los derechos económicos de las personas. En caso contrario pueden ser invalidadas por inconstitucionales.

La reforma a la Ley de Hidrocarburos promovida por la actual administración federal contiene elementos imprevisibles que, además, dejan un margen demasiado amplio a las autoridades administrativas para la afectación de derechos sin fundamento legal claro y determinado.

Uno de ellos, es la disposición que permitirá la suspensión de permisos legalmente otorgados “cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad del país, la seguridad energética o para la economía nacional”. Ninguno de esos supuestos se refiere a situaciones de hecho, sino a conceptos altamente indeterminados y controvertidos. Su aplicación queda sujeta a una interpretación con manga muy ancha para la autoridad, y expuesta a sesgos ideológicos, políticos o de otra índole. Ni se refiere necesariamente a actos del titular del permiso, sino incluso, a circunstancias externas o sistémicas indeterminadas que derivarían en la afectación de derechos.

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Se requiere claridad

Los permisos están conectados con el ejercicio de una actividad económica que requiere la puesta en marcha de inversiones más o menos cuantiosas, la adquisición de activos necesarios y la contratación de personal para llevarla a cabo. Por ello, la suspensión de un permiso trasciende al patrimonio de su titular, no es meramente formal y tiene un marcado aliento expropiatorio.

Tampoco está claro si la suspensión es una sanción, una medida de seguridad o simplemente una decisión administrativa. Además, los titulares de los permisos quedan en total oscuridad respecto de qué deben o no hacer para evitar que un permiso les sea suspendido; por cuánto tiempo se puede prolongar la suspensión y cómo cumplir con las exigencias regulatorias.

La regla no se apega a la Constitución Mexicana porque no es clara y su aplicación es imprevisible. Además, deja un margen demasiado abierto para dar apariencia de legalidad a cualquier arbitrariedad administrativa; mediante el enmarque sesgado de casi cualquier cosa como peligro a la seguridad nacional, energética y la economía de México.

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