Escrito por: Javier Dávalos, Opinión

Gobierno mexicano da la espalda al clima y a derechos humanos

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La política energética del gobierno mexicano violenta los acuerdos internacionales suscritos en favor del clima y de los derechos humanos

Javier Dávalos
Abogado sénior del Programa de Cambio Climático de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).

A través de sus Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC por sus siglas en inglés) —presentadas en 2015 y reafirmadas en la Ley de Transición Energética del mismo año y la reforma a la Ley de General de Cambio Climático de 2018—, México se comprometió de forma incondicionada a reducir el 22% de sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y el 51% de las de carbono negro para 2030, así como a producir energías limpias y renovables en 35% para 2024 y en 43% al 2030.

Sin embargo, las acciones del actual gobierno no secundan estos compromisos pues promueven el uso de combustibles fósiles. Dando paso al incremento de emisiones de GEI; y al incumplimiento de las metas de participación de energías renovables en la matriz energética para los próximos años.

Política energética emprendida en México

Estas acciones son la emisión, el pasado 29 de abril, del Acuerdo para garantizar la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional por parte del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE); y la publicación, el 15 de mayo, del Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional por parte de la Secretaría de Energía (SENER).

Dichos acuerdos limitan la operación de las plantas de generación de energía por fuentes renovables y frenan la operación de nuevas plantas. El emitido por el CENACE lo hace al establecer la suspensión de conexión de las centrales eléctricas eólicas y fotovoltaicas; en proceso de operación y aquellas que no han iniciado. El publicado por la SENER, al crear reglas más estrictas para obtener y continuar con permisos de generación y contratos de interconexión.

Así, la electricidad que se deje de producir por centrales de energía renovable se sustituirá por la que se produce con infraestructura ya existente; que opera con base en fuentes fósiles, entre ellas el combustóleo y el carbón; cuya combustión genera grandes cantidades de emisiones contaminantes y GEI que afectan gravemente a la salud humana y la del planeta.

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En la imagen, Javier Dávalos

Violación a los acuerdos internacionales

En consecuencia, estos acuerdos vulneran las obligaciones del estado mexicano; como parte de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y como signatario del Acuerdo de París. Que consisten en reducir emisiones para mitigar la crisis climática y promover una transición energética justa, sostenible y con enfoque de derechos humanos.

La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) presentó evidencia técnica y jurídica de esta violación; ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del primer circuito. Lo hizo en un escrito legal (Amicus Curiae) que respalda la demanda de inconstitucionalidad presentada por Greenpeace México en contra de los acuerdos.

El escrito demuestra además cómo esas normas violan los derechos al ambiente sano, la salud, la vida y la integridad personal; las cuales el estado mexicano está obligado a proteger, garantizar, respetar y promover según diversas normas e instrumentos internacionales. Entre ellos están la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Opinión Consultiva 23/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El problema de los combustibles fósiles

La vulneración de derechos humanos se produce al intensificar el uso de combustibles fósiles; lo cual agrava la contaminación del aire y aumenta los riesgos para la salud, la vida y la integridad de las personas. Está comprobado ampliamente que las termoeléctricas generan grandes emisiones de dióxido de azufre (SO2); que afectan el sistema respiratorio y las funciones pulmonares, algo especialmente grave en el contexto de la pandemia por COVID-19.

Otro de los contaminantes generados al producir electricidad con combustibles fósiles es el carbono negro; un contaminante climático de vida corta cuyo impacto en el calentamiento del planeta es de 460 a  mil 500 veces mayor que el CO2. Además, está presente en el material particulado (PM 2.5), que son partículas contaminantes 35 veces más pequeñas que un grano de arena. Al no filtrarse o retenerse naturalmente en la nariz, pueden entrar a los pulmones; causando una disminución de la función pulmonar y el desarrollo de enfermedades como el asma, especialmente en niños y niñas.

La resolución judicial de este caso amerita un análisis amplio y acorde con los instrumentos de derecho internacional sobre cambio climático y derechos humanos. Cabe señalar que, la existencia de casos de afectaciones a derechos humanos por proyectos de energía renovable no justifica frenar la transición energética; ni ir contra una realidad climática que amenaza nuestra propia existencia. Por el contrario, el estado y las empresas deben aprender de sus errores e impulsar los cambios y mejoras necesarias; para lograr una transición energética justa y con enfoque de derechos humanos.

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