Escrito por: Opinión, Ramsés Pech

¿Cómo afecta la propuesta en la Ley de Hidrocarburos?

G-7 petróleo ruso

La propuesta de modificación en la Ley de Hidrocarburos impactará negativamente en las inversiones del sector privado en la industria de los petrolíferos

Ramsés Pech

Grupo Caraiva – León & Pech Architects

La propuesta de reforma a la Ley de Hidrocarburos se concentra en el título tercero de las actividades de esta industria, en el Capítulo I que concierne a los permisos. Ante estas modificaciones, hay que dejar en claro y enfáticamente escrito:

Un proyecto en el sector energético no nace de una idea de 30 segundos para su aprobación. Primero depende de un análisis del mercado de hidrocarburos, del presente y a futuro, el cual determinará la viabilidad de la recuperación de la inversión; todo esto ligado al tipo de consumidor o usuario final.

En el caso de que se dé viabilidad a la propuesta, se irán insertando los riesgos, empezando desde los tipos de permisos requeridos y su dificultad para obtenerlos; de los cuales destaca el estudio de impacto ambiental, social y vestigios arqueológicos. Pero todo esto dependerá de la ubicación del terreno seleccionado, el cual deberá tener los papeles en regla sobre el uso de suelo y el pago de los derechos en cada municipio. Todo esto conlleva una inversión inicial.

Cámara de diputados

Obtenida toda la información, se deberá revisar la estabilidad política, financiera y el crecimiento económico del país, región y zona a donde pretende realizar el proyecto. En este momento es donde los inversionistas deciden si continuar, migran o dejan en espera en el frío vacío del infinito al dinero.

Entonces cómo afecta esta propuesta:

Inicia con el artículo 51. A este, introducen la capacidad de almacenamiento como una determinación de la Secretaria de Energía (Sener); en el entendido que existe un diagnóstico del mercado mexicano de hidrocarburos por parte de esta instancia.

Pero la realidad actual indica que empresas privadas están visualizando la necesidad no de incrementar la capacidad de almacenamiento; sino de reducir los costos de la logística. Sobre todo, en el mercado de petrolíferos; debido a que, en México, ante la carencia de ductos que lleguen a zonas alejadas del país, se incrementa los costos de logística.

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La infraestructura de Petróleos Mexicanos (Pemex), al ser cerrada solo contribuye al mantenimiento de su mercado. En este sentido, cada privado que quiera realizar una inversión lo estará haciendo bajo su propio riesgo.

¿En qué afecta tener centros de almacenamiento en zonas donde no los hay? Una empresa tarda de 6 a 12 meses en evaluar su entrada a un proyecto de almacenamiento. Después de todo los estudios realizados, de todas las adecuaciones y requerimientos, tras 90 días de trabajo, la autoridad indica que al final de cuentas no se obtuvo el permiso; y además no mandan un oficio, documento o listado de los causales del por qué no… ¿Ustedes creen que alguien quisiera invertir en un país o región con estos procesos?

Ahora, supongamos que el permiso sí fue concedido de un proyecto. Se inicia la construcción, instalación, pruebas y puesta en marcha, que puede durar de 40 a 60 meses; dependiendo del mercado de hidrocarburos donde se pretenda participar, para iniciar operaciones.

Resulta que a los 24 meses de operaciones, llegan a la planta y comunican que aplicarán el Artículo 57 modificado; el cual indica que pueden realizar la ocupación temporal, la intervención o la suspensión, a fin de garantizar los intereses de   la   nación. Es decir, toman el proyecto, deciden cancelar el permiso y por ende, se traspasan los activos a la nación; y estos pasan a ser manejados por el competidor dentro de la industria que es Pemex, bajo la Ley Mercantil. ¿Crees que te sacaron del mercado?

Aquí surgen varias preguntas ¿quién realizo el peritaje o recomendación de que era un riesgo para la nación? ¿bajo qué protocolos tomarán las instalaciones? ¿el personal de Pemex está capacitado y actualizado para operar? ¿quién asumirá los costos en caso de accidentes? ¿quién asumirá los costos operativos?

En el caso de entrar en un juicio ¿continuará operando la planta? ¿pagará al tercero las utilidades programadas en el plan del proyecto? ¿el costo operativo será el mismo de Pemex? No quedará claro bajo qué garantías tendrá el afectado de utilizar al personal en la operación de la planta; y reza además que pudiera contratar a un nuevo operador o una combinación de las anteriores.

¿Sería por medio de licitaciones? ¿cuál será el tiempo máximo? ¿quién cubriría los costos fijos?

Son muchas preguntas que no tienen respuestas claras, pero una sí podemos responder:

El que invirtió ya no cumplirá con el plan de negocio programado del proyecto, y este presentará problemas con sus financieros, proveedores y con toda la cadena que lo involucra. Si es alguno que cotiza en la bolsa de valores o una empresa dentro del T-MEC ¿Cómo quedamos?

Si queremos realizar una modificación, propondría lo siguiente:

Realizar un protocolo de mecanismo de suspensión, el cual deberá ser avalado por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), la Secretaría de Energía y los participantes del mercado; para determinar el grado de omisión, mal uso u operación, bajo los principios de cubrir las necesidades de los usuarios finales y minimizar riesgos en el entorno a donde opere cada proyecto.

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