Escrito por: Oil & Gas, Opinión, Women & Energy

Controles volumétricos


Los controles volumétricos pueden funcionar como estrategia para eliminar el huachicol a través del brazo de la autoridad tributaria

WEN: la otra mirada
Iris Pineda
Senior Manager Oil & Gas en Ernst & Young

Las modificaciones al Código Fiscal de la Federación desde el año 2018 consideraban la inclusión de los registros de los mecanismos de medición de hidrocarburos (controles volumétricos) como parte de la contabilidad para efectos fiscales.

Consideremos que las omisiones, alteraciones, falsificaciones a la contabilidad pueden tipificarse como delitos fiscales. Esta contabilidad debe presentarse al SAT a través de reportes en formato XML o Json, que son el lenguaje que la autoridad fiscal utiliza para allegarse de toda la información de los contribuyentes. Y que tiene como objetivo ser comparada para los fines de la congruencia en la determinación de impuestos y/o en su caso la evasión fiscal y en este caso específico un posible robo de combustibles.

Este noble objetivo de eliminar una práctica ilegal que representa pérdidas millonarias para la industria de los hidrocarburos, por la forma en que se ejecuta por medio de estos reportes, ha representado una fuerte inversión tanto económica como administrativa para los contribuyentes sujetos: productores; almacenistas; distribuidores; transportistas; y gasolineros que ya cumplían con esta obligación de reporte con anticipación.

Controles volumétricos es un tema que es parte de la dinámica natural del negocio y que las autoridades energéticas, como la Comisión Reguladora de Energía y Comisión Nacional de Hidrocarburos, regulan mediante sus atribuciones conferidas. Ahora, ¿por qué representa una fuerte carga administrativa y económica sobre una actividad de control y registro ya regulada? La complicación radica en los eslabones que la autoridad fiscal desea cerrar.

Reconfiguración en la industria

El SAT no solo solicita los registros propios del contribuyente; exige datos que van más allá, i.e. datos de los tanques en donde se almacenó o transportó el hidrocarburo o petrolífero; inclusive si el contribuyente no gestionó este servicio directamente con el proveedor de estos servicios. Ello por mencionar uno de los datos requeridos.

Esta cadena de datos va más allá de los datos técnicos que emanan de los mecanismos de medición del contribuyente y de datos medulares contenidos en las facturas: volumen, producto, precio.

Cada contribuyente tenga o no relación directa con el proveedor del servicio mantiene esa “relación” a través del camino recorrido por la “molécula”; estos datos intrínsicamente relacionados, al ser comparados por la autoridad y determinar desviaciones, podría detonar cuestionamientos por parte del SAT y posibles efectos fiscales negativos.

El reto que representa el cumplimiento cabal de estas nuevas reglas del SAT puede representar una reconfiguración de la industria; exigencia que las autoridades tienen que corresponder con resultados contundentes en favor de la industria, sin olvidar considerar la eficiencia en la implementación costo-beneficio.

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