Los distribuidores tendrán un plazo de 20 días hábiles para inscribirse en el padrón de actividades de distribución de gas LP
La Comisión Reguladora de Energía (CRE), habilitó el Padrón de actividades de distribución de gas licuado de petróleo (LP) en donde los distribuidores, plantas y vehículos de reparto tendrán un plazo de 20 días hábiles para inscribirse.
Asimismo, a través de un comunicado, el regulador explicó que los distribuidores deberán informarle sobre los datos básicos como domicilio; número de teléfono; así como el número de licencia de conducir; placas de circulación y tipo de vehículo.
Del mismo modo, los titulares de permisos de distribución de gas LP deberán acreditar con documento idóneo que las personas físicas o morales que les presten sus servicios lo hacen únicamente respecto de una sola razón social; y un solo título de permiso de distribución.
El padrón surge como una de las medidas que ha impulsado el gobierno de México a través de la CRE con el fin de regular el mercado de gas LP.
En ese sentido, el sector ha sido señalado por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) por existir un posible monopolio a cargo de las empresas más grandes de la industria en el país. Ante ello, el gobierno federal planteó el establecimiento de precios así como la creación de la empresa a cargo de Petróleos Mexicanos (Pemex), Gas Bienestar para brindar competencia al sector.