En la red se manejan imágenes, información biométrica, genética y crediticia que necesita protección de la ley. En lo que va de la Legislatura se han presentado 14 iniciativas en materia de protección de datos personales.
Los retos que presentan el tratamiento y protección de los datos personales y datos personales sensibles están vinculados al derecho a la privacidad. Y al derecho a la intimidad de los usuarios del Internet y de las redes sociodigitales ante los sujetos obligados, sean públicos o privados, indica un estudio de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez.
El documento “La protección y el tratamiento de datos personales. El derecho humano a la privacidad y a la intimidad”, de María Cristina Sánchez Ramírez, expone que ante el avance tecnológico y el uso del comercio digital es preciso contar con protección ante el manejo indiscriminado de datos personales y datos personales sensibles. Esto es, las imágenes, información biométrica, genética, crediticia, así como incluir el derecho al olvido y al testamento digital en los lineamientos de los servicios que prestan las plataformas y medios electrónicos, inclusive los impresos.
Internet ¿la amenza?
La investigación refiere que proteger el derecho a la privacidad y a la intimidad se ha convertido en una necesidad de los usuarias de plataformas digitales. Es una obligación tanto en los servicios públicos proporcionados por el gobierno en sus tres niveles, como para los particulares que administran este tipo de información.
El estudio revela que en la LXIV Legislatura se han presentado catorce iniciativas para modificar o adicionar la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados.
Las propuestas buscan proteger los datos personales en los servicios de Internet; regulación de particulares extranjeros en posesión de datos personales; definición de datos personales digitalizados en plataformas digitales; avisos al INAI por incidentes de vulneración de seguridad o privacidad; portabilidad de los datos por los titulares y protección de datos de población infantil en las redes sociodigitales.
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