Un proyecto de sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) planea invalidar parcialmente la reforma judicial que está vigente desde el 16 de septiembre del año en curso
La SCJN argumentó que dicha reforma judicial es contraria a la división de poderes, a la independencia judicial y al acceso a la justicia. También indicó que atenta contra la democracia y la manera republicana y representativa del Estado mexicano.
Dicha propuesta que fue elaborada por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, resolvió las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano (MC) y los diputados del Congreso estatal de Zacatecas.
Este proyecto de sentencia invalida en su totalidad el tema de la elección de jueces y magistrados, planteando que tales juzgadores no deben ser destituidos. Sin embargo, mantiene que los ministros de la SCJN puedan ser electos por el voto popular.
Detalles del proyecto que invalida parcialmente la reforma judicial
Otro tema que pretende invalidar es el de los llamados “jueces sin rostro” que se incluyó en la reforma judicial. Lo anterior es a manera de protección para que los togados que puedan correr peligro en caso de juzgar a la delincuencia organizada.
Tal documento, conformado por 366 páginas, propone la anulación de la porción normativa en la que las resoluciones del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial sean inatacables. Esto quiere decir que las sanciones que se impusieron por tal tribunal van a poder resolverse mediante el juicio de amparo.
En tanto al tema de la carrera judicial, esto va a continuar para que los trabajadores del Poder Judicial de la Federación (PJF) puedan continuar con sus aspiraciones para ser jueces a través de exámenes de conocimientos.
Para quienes ya son jueces, van a tener la opción de ascender a magistrados a través de la misma carrera judicial.
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